El federalismo alemán, ¿de la descentralización a la re-centralización?:El caso de la autonomía de los Estados Federados (Länder) en materia de cultura
El
presente estudio1 tiene por objeto indagar en qué medida se
están produciendo procesos de recentralización
de competencias que afectan al sistema de relaciones intergubernamentales entre
el nivel central (Federación, Bund)
y los Estados Federados
(llamados Länder) en la República Federal Alemana2.
(En lo sucesivo, se utilizará el término Länder
que es de uso habitual en la
discusión académica
internacional). Para ello, focalizaré mi análisis en el caso de las
transformaciones que se han ido
produciendo en las últimas décadas a raíz de las sucesivas reformas
constitucionales en materia de competencias
en cultura (Kulturhoheit) pero, previamente, es necesario detenerse
en algunas cuestiones básicas
que atañen al sistema del federalismo alemán.
El sistema federal alemán se compone de dos niveles. Por un lado, el nivel de la Federación o Bundintegrado por 16 Länder entre los cuales se encuentran tres “Ciudades-Estado” (Stadtstaaten), a la sazón, Berlín, Hamburgo y Bremen, cuyas atribuciones son una combinación de las facultades que tienen los Länder y los gobiernos locales. Con anterioridad a la reunificación de las dos Alemanias, que tuvo lugar en 1990, la otrora República Federal la componían once Länder, es decir, en el momento de la reunificación se incorporaron cinco nuevos Länder que pertenecían a la República Democrática Alemana (RDA) para configurar la arquitectura actual. Los Länder tienen una población media de 5,2 millones de habitantes, con una notable variabilidad que va desde los 18 millones del Land de Renania del Norte-Westfalia a los 4 millones en Sajonia; 994.000 en el Sarre; 3,6 millones en Berlín y 681.000 en la ‘Ciudad-Estado’ de Bremen3. Por otro lado, el nivel de los gobiernos locales que se estructuran a su vez en dos niveles: 11.0124 municipios (Städte y Gemeinden) y 294 distritos (Kreise), constituyendo estos últimos un nivel intermedio entre los municipios y los Länder. De conformidad con la Constitución y con la doctrina constitucional, el nivel local no goza de un estatus propio, sino que se lo considera integrado a la estructura administrativa de los Länder